Resolución : 460-2013-SUNARP-TR-T
por: Mg. Rosario Guerra Macedo. Abogada especialista en Derecho Registral - Vocal del Tribunal Registral
miércoles, 18 de diciembre de 2013
Cambio voluntario de placa de vehículo afectado con medida cautelar de incautación
El cambio de placa voluntario de un vehículo incautado no representa bajo ninguna forma la posibilidad de enervar o atentar contra los efectos de esta medida, toda vez que dicha rogatoria solo determina el trámite de cambio de numeración de la Placa Única Nacional de Rodaje de los vehículos con placa antigua, manteniéndose incólume su custodia por parte de la autoridad correspondiente e invariable la titularidad sobre el mismo.
Resolución : 460-2013-SUNARP-TR-T
Resolución : 460-2013-SUNARP-TR-T
Subdivisión de un predio
¿Procede la subdivisión de un predio sin resolución municipal que la apruebe, si ésta se sustenta en la fábrica levantada sobre uno de los predios a independizar y cuya licencia de edificación ha sido otorgada por la Municipalidad?
La declaratoria de fábrica autorizada sobre uno o más sublotes resultantes de la subdivisión no significa que la municipalidad ha autorizado también la subdivisión, debiéndose por tanto adjuntar la correspondiente resolución municipal de subdivisión.
Resolución : 1604-2013-SUNARP-TR-L
martes, 10 de diciembre de 2013
¿Qué formalidades especiales deben cumplirse en un testamento otorgado por un analfabeto que no sabe o no puede firmar?
Resolución : 1633-2013-SUNARP-TR-L
Si el testador es analfabeto, deberá leérsele el testamento dos veces: una por el notario y otra por el testigo testamentario que el testador designe. Si el testador no sabe o no puede firmar, lo hará a su ruego el testigo testamentario que el designe, de todo lo cual se hará mención en el testamento.
Si el testador es analfabeto, deberá leérsele el testamento dos veces: una por el notario y otra por el testigo testamentario que el testador designe. Si el testador no sabe o no puede firmar, lo hará a su ruego el testigo testamentario que el designe, de todo lo cual se hará mención en el testamento.
jueves, 28 de noviembre de 2013
¿Cómo ha ido evolucionando el Registro de Predios? Un breve repaso
El Registro de Predios no siempre se denominó de esta manera. A lo largo de su desarrollo, vemos que en sus orígenes la denominación utilizada era la misma que en el derecho comparado: Registro de Propiedad Inmueble.
miércoles, 6 de noviembre de 2013
El predio y los sistemas de identificación
Comparto con Uds. un artículo relacionado a los diversos criterios sobre identificación y delimitación del predio en la jurisprudencia registral.
Los predios pueden ser identificados por razón de su apariencia, su riqueza territorial, su calificación administrativa, etc. La delimitación predial la configura principalmente el dominio y este puede no atender a circunstancias físicas o elementos geográficos del terreno.
Los predios pueden ser identificados por razón de su apariencia, su riqueza territorial, su calificación administrativa, etc. La delimitación predial la configura principalmente el dominio y este puede no atender a circunstancias físicas o elementos geográficos del terreno.
miércoles, 30 de octubre de 2013
Convocatoria a Junta de Propietarios
Resolución: 1501-2013-SUNARP-TR-L
Excepcionalmente pueden convocar a sesión de junta de propietarios, los propietarios que representen al menos el 25% de participaciones cuando se acredite ante el Registro la acefalia o ausencia definitiva del designado para ello.
jueves, 24 de octubre de 2013
¿Se puede inscribir un contrato de promesa de venta?
Resolución: 1426-2013-SUNARP-TR-L de 9/6/2013
"Bajo la normativa del Código Civil vigente, el contrato de promesa de venta es considerado como un contrato preparatorio; por lo tanto, para su inscripción en el Registro de Predios debe analizarse si se trate de un contrato de opción de compra, en cuyo caso procederá la anotación preventiva del mismo, o un contrato de compromiso de contratar que no constituye un acto inscribible."
Inscripción de la constitución de una universidad
Resolución: 1511-2013-SUNARP-TR-L
Para la inscripción de la constitución de una universidad se requiere la previa autorización del órgano competente respectivo.
Para la inscripción de la constitución de una universidad se requiere la previa autorización del órgano competente respectivo.
El Tribunal Registral reconoce a la universidad como persona jurídica que necesita una autorización especial para adquirir dicha personalidad. A diferencia de una promotora educativa que no necesita acreditar autorización alguna para inscribirse.
miércoles, 16 de octubre de 2013
Segunda regularización de fábrica
Resolución: 1531-2013-SUNARP-TR-L
Inscrita la declaratoria de fábrica mediante el procedimiento de regularización al amparo de la Ley 27157, no procede la inscripción de segunda regularización al amparo de la misma norma, con el objeto de declarar edificaciones construidas antes del 20 de julio de 1999.
Saneamiento de áreas, linderos y medidas perimétricas
Resolución: 1517-2013-SUNARP-TR-L
Cuando existe variación en la medidas perimétricas,
solo puede prescindirse de los mecanismos rectificatorios establecidos en las
normas legales, siempre que se encuentre acreditada fehacientemente la no afectación
al derechos de terceros, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el área
resultante es menor a la inscrita.
b) Cuando el área resultante es mayor a la
inscrita solo si la única medida que se modifica es la que colinda con la vía
publica a la que la Municipalidad - al visar el plano-, ha brindado su
asentimiento.
martes, 8 de octubre de 2013
La pluralidad de instancias en el procedimiento registral y la competencia contenciosa administrativa
Compartimos con Uds. algunas reflexiones en torno a este tema:
El derecho administrativo moderno reconoce a los principios del procedimiento administrativo como elementos básicos para encausar, controlar y limitar la actuación de la administración y de los administrados en todo procedimiento. No en vano la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley 27444, consagra 16 principios en su título preliminar. Pero existen otros principios no consagrados en la Ley que son de aplicación al procedimiento administrativo. El Tribunal Constitucional (TC), ha determinado en la STC Exp. N.° 1159-2001-AA/TC, FJ 2 que “cuando un acto administrativo ha de afectar un interés o derecho subjetivo, su validez está condicionada a que se respeten las garantías que comprende el derecho al debido proceso”.
El TC estableció entonces que los principios y derechos de la función jurisdiccional contemplados en la Constitución, y en particular el derecho al debido proceso, no resultan de aplicación exclusiva a los procesos judiciales que conoce el Poder Judicial, sino que se extienden también a los procedimientos que se tramitan en sede administrativa. Sin embargo, el propio TC ha precisado que ello no significa que todos estos principios y garantías de la función jurisdiccional puedan ser trasladados mecánicamente al ámbito administrativo, sino únicamente aquellos que, razonablemente, resulten aplicables.
lunes, 7 de octubre de 2013
Tribunal Registral acuerda cambiar de criterio respecto a la resolución por mutuo disenso
ACUERDO PLENARIO DEL 1 DE OCTUBRE DE 2013
Tribunal Registral acuerda cambiar de criterio respecto a la Resolución por Mutuo Disenso y adopta la siguiente postura:
"Procede la inscripción de la resolución por mutuo disenso aún cuando en el contrato inscrito las partes hubieran manifestado que las prestaciones fueron completamente ejecutadas, si los contratantes rectifican por instrumento público dicha declaración, señalando que quedó alguna o algunas prestaciones por cumplir.
No procederá dicha rectificación en mérito a la manifestación de voluntad de las partes, si se pretende rectificar la declaración referida al pago del precio, cuando el Notario dio fe de la entrega del precio en efectivo".
sábado, 5 de octubre de 2013
Usufructo vitalicio constituido sobre un bien otorgado en donación a un menor de edad
Resolución: 1282-2013-SUNARP-TR-L
Se requiere de autorización judicial para gravar en usufructo un bien otorgado en donación a favor de un menor de edad; sin embargo, procede cuando se advierte que dicha afectación preexiste al perfeccionamiento del contrato de donación, el cual únicamente surge con el otorgamiento de la escritura publica.
Transformación de asociación en sociedad anónima
Resolución: 1317-2013-SUNARP-TR-L
En tanto no existe impedimento legal para la transformación de una asociación civil en sociedad anónima, ello tendrá acogida registral, siempre que los bienes que conforman el patrimonio de la asociación sean destinados al fin contemplado en el estatuto, en aplicación analógica de lo previsto en el artículo 98 del Código Civil, salvo no exista haber neto remanente.
viernes, 27 de septiembre de 2013
Asamblea convocada por el comité electoral
Resolución 1385-2013-SUNARP-TR-L
La convocatoria a una asamblea general eleccionaria de una asociación debe ser efectuada por el presidente del Consejo Directivo, salvo que el estatuto expresamente atribuya dicha facultad al comité electoral o a otro órgano.
Modificación de características registrables de un vehículo
Resolución 1450-2013-SUNARP-TR-L
A efectos de modificar y/o regularizar características del vehículo referidas al peso seco, carga útil y peso bruto, debe presentarse Certificado de Conformidad de Modificación, conforme a la Resolución Nº 982-2012-MTC-15.
viernes, 20 de septiembre de 2013
Extinción de inscripción por renuncia al derecho de propiedad
PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Resolución Nº 240-2013-SUNARP/PT -
Se refiere a la renuncia de área y la consecuente desinmatriculación de un predio. Es decir, parte de un predio inscrito puede salir del registro.
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Resolución Nº 240-2013-SUNARP/PT -
Se refiere a la renuncia de área y la consecuente desinmatriculación de un predio. Es decir, parte de un predio inscrito puede salir del registro.
Funciones notariales de los jueces de paz letrados
PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Resolución Nº 240-2013-SUNARP/PT -
Mediante este precedente de observancia obligatoria se faculta al registrador público a verificar si en la zona que actúa el Juez no había notario. Es decir, el registrador puede cuestionar o calificar la competencia notarial de los jueces de paz letrado. Le quita fuerza a escrituras públicas imperfectas otorgadas por el juez de paz letrado.
Este precedente de observancia obligatoria deja sin efecto el anterior publicado el 16 de agosto de 2012 en el diario oficial "El Peruano".
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Resolución Nº 240-2013-SUNARP/PT -
Mediante este precedente de observancia obligatoria se faculta al registrador público a verificar si en la zona que actúa el Juez no había notario. Es decir, el registrador puede cuestionar o calificar la competencia notarial de los jueces de paz letrado. Le quita fuerza a escrituras públicas imperfectas otorgadas por el juez de paz letrado.
Este precedente de observancia obligatoria deja sin efecto el anterior publicado el 16 de agosto de 2012 en el diario oficial "El Peruano".
jueves, 19 de septiembre de 2013
Transferencia del predio realizada por el causante antes de su fallecimiento
Resolución 1390-2013-SUNARP-TR-L
Procede la inscripción de la transferencia de un predio efectuada por el causante antes de su fallecimiento a favor de terceros, no obstante que en la partida registral de dicho predio se encuentra inscrita la transferencia por sucesión a título universal, siempre que su inscripción no perjudique a terceros, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, concordante con el artículo 98 del nuevo Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.
Procede la inscripción de la transferencia de un predio efectuada por el causante antes de su fallecimiento a favor de terceros, no obstante que en la partida registral de dicho predio se encuentra inscrita la transferencia por sucesión a título universal, siempre que su inscripción no perjudique a terceros, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, concordante con el artículo 98 del nuevo Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.
miércoles, 18 de septiembre de 2013
Adjudicación como consecuencia de la separación legal y divorcio ulterior
Resolución: 1196-2013-SUNARP-TR-L
El título formal que sustenta la transferencia de un bien social a favor de los ex-cónyuges por adjudicación como resultado de un proceso de separación convencional es la resolución que pone fin a dicho proceso (sentencia de separación), por cuanto dicha resolución considera y valora el convenio por separación convencional y divorcio ulterior presentado con la demanda, la misma que contiene la voluntad de ambos cónyuges para disponer de sus bienes, no siendo necesaria la valorización de los bienes.
viernes, 13 de septiembre de 2013
Ampliación de testamento
Resolución: 1076-2013-SUNARP-TR-L
La inscripción de la sucesión intestada de una persona con posterioridad a la inscripción del otorgamiento de su testamento, no constituye obstáculo para la inscripción de la ampliación del testamento.
La inscripción de la sucesión intestada de una persona con posterioridad a la inscripción del otorgamiento de su testamento, no constituye obstáculo para la inscripción de la ampliación del testamento.
Derecho de suscripción preferente
Resolución: 1129-2013-SUNARP-TR-L de 7/12/2013
El artículo 67 del Reglamento del Registro de Sociedades no exige como requisito para la inscripción del aumento de capital con ejercicio del derecho de suscripción preferente, que se acredite que el aporte del dinero en efectivo se haya realizado dentro del plazo establecido para el ejercicio de tal derecho.
El artículo 67 del Reglamento del Registro de Sociedades no exige como requisito para la inscripción del aumento de capital con ejercicio del derecho de suscripción preferente, que se acredite que el aporte del dinero en efectivo se haya realizado dentro del plazo establecido para el ejercicio de tal derecho.
viernes, 6 de septiembre de 2013
Autonomía privada de las asociaciones
Resolución: 1088-2013-SUNARP-TR-L de 7/3/2013
Las normas no han regulado las facultades mínimas de los miembros del Consejo Directivo de las asociaciones, por lo que en ejercicio de su autonomía privada, estas organizaciones gozan de plena libertad para autorregular sus intereses y establecer sus reglas internas, teniendo como límite la Constitución y las leyes; en ese sentido, no existiendo norma prohibitiva, debe aceptarse como válido un estatuto en el que uno de sus miembros, el director ejecutivo, tenga voz pero no voto.
Las normas no han regulado las facultades mínimas de los miembros del Consejo Directivo de las asociaciones, por lo que en ejercicio de su autonomía privada, estas organizaciones gozan de plena libertad para autorregular sus intereses y establecer sus reglas internas, teniendo como límite la Constitución y las leyes; en ese sentido, no existiendo norma prohibitiva, debe aceptarse como válido un estatuto en el que uno de sus miembros, el director ejecutivo, tenga voz pero no voto.
miércoles, 28 de agosto de 2013
Efectos de la disolución y liquidación de una EIRL
Resolución: 1209-2013-SUNARP-TR-L de 7/25/2013
La inscripción de la disolución y liquidación de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) no resulta oponible al tercero que contrató con un representante de la empresa, cuando dichos actos no se habían inscrito en el Registro.
La inscripción de la disolución y liquidación de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) no resulta oponible al tercero que contrató con un representante de la empresa, cuando dichos actos no se habían inscrito en el Registro.
Formalidad para la inscripción de transferencia vehicular
Resolución: 1174-2013-SUNARP-TR-L de 7/19/2013
La ausencia de la consignación de la fecha en el que cada uno de los otorgantes, así como la fecha en la que concluye el proceso de firmas en un acta de transferencia de vehículo, no constituye un obstáculo que impida la inscripción de dicha acta en el registro.
La ausencia de la consignación de la fecha en el que cada uno de los otorgantes, así como la fecha en la que concluye el proceso de firmas en un acta de transferencia de vehículo, no constituye un obstáculo que impida la inscripción de dicha acta en el registro.
jueves, 15 de agosto de 2013
Transferencia efectuada por la sociedad conyugal con anterioridad a la sustitución de régimen patrimonial
Resolución 1246-2013-SUNARP-TR-L del 2 de agosto del 2013
“La adjudicación inscrita a favor de uno de los cónyuges como consecuencia de la sustitución del régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios, no constituye un obstáculo para la inscripción de la anterior transferencia efectuada por la sociedad conyugal”
La rogatoria se refería a la inscripción de una compraventa efectuada por una sociedad conyugal a favor de un tercero. El título fue observado porque el titular registral ya no era la sociedad conyugal sino uno de los cónyuges, al haberse sustituido el régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonio.
miércoles, 7 de agosto de 2013
Inmatriculación y catastro
Claves de la inmatriculación así como jurisprudencia respecto a predios ubicados en zonas no catastradas.
martes, 6 de agosto de 2013
Garantías mobiliarias y función notarial
Aquí un repaso a los puntos básicos de las Garantías Mobiliarias: Registro de garantías, afectaciones, sujetos involucrados, elementos objetivos, bienes muebles sujetos a garantía, excepciones, monto de gravamen, organización de los Registros de bienes muebles, entre otros aspectos.
viernes, 2 de agosto de 2013
Función notarial en el Registro Mobiliario de Contratos
Resolución 273-2013-SUNARP-TR-L
Levantamiento de garantía mobiliaria
Corresponde al notario la responsabilidad de verificar el cumplimiento de los requisitos y demás disposiciones señaladas en la Ley Nº 28677 y el Reglamento de Inscripciones y Registro Mobiliario de Contratos y su vinculación con los Registros Jurídicos de Bienes Muebles, por tanto no corresponde que las instancias registrales exijan que tal situación conste en la certificación al Formulario Registral.
Levantamiento de garantía mobiliaria
Corresponde al notario la responsabilidad de verificar el cumplimiento de los requisitos y demás disposiciones señaladas en la Ley Nº 28677 y el Reglamento de Inscripciones y Registro Mobiliario de Contratos y su vinculación con los Registros Jurídicos de Bienes Muebles, por tanto no corresponde que las instancias registrales exijan que tal situación conste en la certificación al Formulario Registral.
miércoles, 31 de julio de 2013
Título que da mérito a la inscripción de garantías mobiliarias
Resolución 280- 2013-SUNARP-TR-L
Son títulos que dan mérito a la inscripción de garantías y demás actos inscribibles conforme a la Ley de Garantía Mobiliaria: I) El formulario registral; II) el formulario registral contenido en un instrumento protocolar; III) el contrato privado con firmas certificadas notarialmente, en el supuesto del artículo 1760 de la Ley Nº 26702; IV) la escritura pública; y V) los instrumentos administrativos o judiciales.
Son títulos que dan mérito a la inscripción de garantías y demás actos inscribibles conforme a la Ley de Garantía Mobiliaria: I) El formulario registral; II) el formulario registral contenido en un instrumento protocolar; III) el contrato privado con firmas certificadas notarialmente, en el supuesto del artículo 1760 de la Ley Nº 26702; IV) la escritura pública; y V) los instrumentos administrativos o judiciales.
sábado, 27 de julio de 2013
Tribunal Registral se pronuncia sobre anotación por suplantación de identidad
Resolución N° 1080-2012- SUNARP- TR- L
FINALIDAD DE LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049
La finalidad de la anotación preventiva a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 1049 es publicitar que existe una inscripción sustentada presumiblemente en documentos falsificados y por tanto tiene los efectos de desvirtuar la buena fe de los terceros, por lo que corresponde correlacionar la anotación preventiva del Registro de Mandatos y Poderes con la partida del bien transferido en mérito al poder presumiblemente falsificado.
FINALIDAD DE LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049
Imagen: www.audienciaelectronica.net |
martes, 23 de julio de 2013
Registro de sucesiones. Herederos
Presentación de la Dra. Rosario del Carmen Guerra Macedo, vocal del Tribunal Registral de la Sunarp.
Sean bienvenidos al blog Jurisprudencia Registral Perú
En esta página compartiremos las resoluciones del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) más relevantes, así como información y noticias del ámbito registral. También resoluciones del Poder Judicial en materia registral inmobiliaria.
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