sábado, 27 de julio de 2013

Tribunal Registral se pronuncia sobre anotación por suplantación de identidad

Resolución N° 1080-2012- SUNARP- TR- L
FINALIDAD DE LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049

Imagen: www.audienciaelectronica.net
La finalidad de la anotación preventiva a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 1049 es publicitar que existe una inscripción sustentada presumiblemente en documentos falsificados y por tanto tiene los efectos de desvirtuar la buena fe de los terceros, por lo que corresponde correlacionar la anotación preventiva del Registro de Mandatos y Poderes con la partida del bien transferido en mérito al poder presumiblemente falsificado.

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