Resolución 1385-2013-SUNARP-TR-L
La convocatoria a una asamblea general eleccionaria de una asociación debe ser efectuada por el presidente del Consejo Directivo, salvo que el estatuto expresamente atribuya dicha facultad al comité electoral o a otro órgano.
Y QUIEN FIRMA EL ACTA DE LA ASAMBLEA?
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