miércoles, 5 de marzo de 2014

¿Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio son bienes sociales?

Si antes del matrimonio uno de los cónyuges suscribe un contrato de compraventa respecto de un bien que no tenía existencia física al momento de celebrar dicho contrato, pero llega a tenerlo durante la vigencia de la sociedad de gananciales; este bien debe reputarse como bien propio en aplicación del artículo 302 inciso 2 del Código Civil, pues la causa de la adquisición ha precedido al matrimonio.

Resolución: 080-2014-SUNARP-TR-L 



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