"En el artículo 2021 del Código Civil, se comprende el "Derecho de Posesión" y no así el "derecho a la posesión". Por tanto, el primero no constituye acto inscribible.
por: Mg. Rosario Guerra Macedo. Abogada especialista en Derecho Registral - Vocal del Tribunal Registral
jueves, 20 de marzo de 2014
¿Es inscribible la posesión acreditada por constancia emitida por autoridad municipal?
DERECHO DE POSESiÓN
"En el artículo 2021 del Código Civil, se comprende el "Derecho de Posesión" y no así el "derecho a la posesión". Por tanto, el primero no constituye acto inscribible.
"En el artículo 2021 del Código Civil, se comprende el "Derecho de Posesión" y no así el "derecho a la posesión". Por tanto, el primero no constituye acto inscribible.
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