Una persona solicita la rectificación - y consecuentemente la nulidad- de un asiento porque la sucesión intestada de un homónimo suyo afecta su derecho.
Cancelación de asiento por homonimia. Procede cancelar el asiento de traslación de dominio por sucesión intestada, por inexistencia de acto causal, si se verifica que al momento del fallecimiento del causante, el otro titular con el mismo nombre (homónimo), aún se encontraba con vida.
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