BLOQUEO POR PRESUNTA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
"La Jefatura Zonal es el órgano competente para conocer la denuncia por presunta falsificación de documentos. En consecuencia, las instancias registrales no son competentes para pronunciarse sobre la denuncia por presunta falsificación de documentos".
Cabe precisar que este procedimiento es independiente a la tacha por falsedad documentaria previsto en el Art. 36 del Reglamento General de los Registros Públicos que sí está a cargo de los registradores.
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