Los certificados positivos o negativos de propiedad son documentos expedidos por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), en los cuales se precisa si una persona natural o jurídica posee o no bienes inmuebles inscritos a su nombre en el Registro de Propiedad Inmueble de la Sunarp.
Es el certificado que acredita la existencia de la inscripción de un inmueble en la Sunarp a nombre de una persona natural o jurídica. El certificado positivo puede estar referido a:
- La existencia de la titularidad con la indicación de todos los predios y sus respectivos números de partida registral.
- La existencia de titularidad con respecto a uno o más predios, con indicación del número de partida registral y la descripción de cada predio solicitado.
¿Qué es un certificado negativo de propiedad?
Es el documento que acredita que determinada persona natural o jurídica no tiene predios inscritos en el Registro de Propiedad Inmueble de la oficina registral correspondiente.
¿Cómo solicitarlos?
- Acercarse a cualquier oficina registral de la Sunarp a nivel nacional y recabar la Solicitud de Publicidad Registral (formulario de entrega gratuita).
- Completar el formulario consignando el nombre y el número del documento de identidad de la persona de quien se solicita el certificado. En caso se trate de una persona jurídica, se deberá indicar el número de la partida registral del predio.
¿Tiene costo?
- El costo del certificado positivo con la indicación de todos los predios y sus respectivos números de partida registral es de S/ 19
- El certificado positivo con indicación del número de partida registral y descripción de cada predio solicitado es de S/ 13 por cada inmueble.
- El costo del certificado negativo de propiedad es de S/ 19.
El trámite -en todos los casos- puede demorar hasta tres días útiles desde la fecha de presentación de la solicitud.
DATO
La Sunarp ofrece la emisión de certificados positivos o negativos a través de su Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).
Fuente: Sunarp
No hay comentarios:
Publicar un comentario