Las precisiones efectuadas permiten rectificar inexactitudes físicas del terreno y que el propietario, de manera unilateral, intervenga en el proceso de saneamiento de predios.
Ambas decisiones de jurisprudencia -que se encuentran en la Resolución Nº 157-2017-SUNARP/PT - dejan sin efecto el segundo párrafo del precedente aprobado en el CXV Pleno y modifica el acuerdo plenario aprobado en el CXLIII Pleno.
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