El acto de otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Naturales se podrá concretar mediante parte notarial con firma digital a través del Sistema de Intermediación Digital (SID), según lo establece la resolución N° 179-2015-Sunarp/SN, publicada en el diario oficial El Peruano.
Este sistema electrónico para el otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Jurídicas entrará en vigencia a nivel nacional dentro de 20 días hábiles a partir de la publicación de la norma, es decir, en la segunda semana de agosto.
De acuerdo con la resolución, el otorgamiento de poderes constituye una de las modalidades más recurrentes para iniciar una cadena de transacciones que podrían perturbar la seguridad jurídica que otorga Registros Públicos.
Por ello, era necesario que Sunarp extienda el servicio a los poderes otorgados por personas naturales para garantizar la autenticidad e integridad del parte firmado digitalmente por el notario.
Constitución de empresas
La norma también establece que la constitución de empresas en el Registro de Personas Jurídicas también podrá realizarse mediante este mecanismo en todas las oficinas registrales a nivel nacional, y no solo en Lima, como era hasta la fecha.
Cabe recordar que mediante Resolución N° 234-2014-SUNARP/SN, se reguló la presentación electrónica del parte notarial con firma digital a través de la plataforma del SID Sunarp.
Allí se dispuso que mediante resolución de superintendencia nacional se ampliarán los actos que podrán ser presentados mediante parte notarial electrónico firmado digitalmente, así como de la competencia de las oficinas registrales.
¿Qué es el SID- Sunarp?
El SID-Sunarp es una herramienta que permite iniciar el procedimiento registral mediante la generación del parte notarial electrónico, la firma digital del notario y el envío al domicilio electrónico de la Sunarp. Este sistema requiere de la participación del ciudadano, el notario y el registrador público.
Entre las principales ventajas del SID-Sunarp se puede mencionar la eliminación del soporte papel en el procedimiento registral, la eliminación de casos sobre falsificación documentaria, más rapidez en el trámite notarial y registral, dado que se constituye una empresa en un promedio menor a 24 horas; y la comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre resultado del trabajo notarial y registral.
Además el usuario ahorra tiempo y dinero, ya que no tiene necesidad de trasladarse hacia una oficina de la Sunarp.
A la fecha, 44 notarías de Lima y Callao están adscritas a la plataforma del SID-Sunarp y se espera que este año todas las notarías de la capital utilicen este importante servicio en beneficio de los ciudadanos.
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