por: Mg. Rosario Guerra Macedo. Abogada especialista en Derecho Registral - Vocal del Tribunal Registral
martes, 28 de julio de 2015
El tercero registral y el fraude inmobiliario
Presentamos algunas resoluciones del Tribunal Registral emitidas para prevenir el fraude registral, en aplicación de la ley 30313 y otras normas. Antes, un repaso por el concepto de tercero registral, importante para precisar el alcance del tema.
miércoles, 15 de julio de 2015
¿Cuál es el alcance de la directiva que anula doble trámite para inscribir predios a favor de terceros?
La directiva Nº 06-2015 SUNARP/SN -aprobada mediante Resolución Nº 166-2015-SUNARP/SN- establece que la inscripción de la sucesión intestada y la transferencia de los bienes podrá realizarse mediante un solo trámite. De esta manera, se evita la doble gestión para que los bienes dejados por una persona fallecida puedan ser inscritos a favor de sus herederos.
martes, 14 de julio de 2015
Poderes también podrán otorgarse mediante parte notarial con firma digital
El acto de otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Naturales se podrá concretar mediante parte notarial con firma digital a través del Sistema de Intermediación Digital (SID), según lo establece la resolución N° 179-2015-Sunarp/SN, publicada en el diario oficial El Peruano.
Este sistema electrónico para el otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Jurídicas entrará en vigencia a nivel nacional dentro de 20 días hábiles a partir de la publicación de la norma, es decir, en la segunda semana de agosto.
Este sistema electrónico para el otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Jurídicas entrará en vigencia a nivel nacional dentro de 20 días hábiles a partir de la publicación de la norma, es decir, en la segunda semana de agosto.
Conoce un poco más de la jurisprudencia sobre el registro de testamentos
Te presentamos una breve selección de sentencias del Tribunal Registral en materia de registro de testamentos, de gran utilidad para la práctica registral.
miércoles, 1 de julio de 2015
Poder Ejecutivo ya puede emitir leyes para optimizar registros públicos y combatir tráfico de terrenos
A partir mañana y durante 90 días, el Poder Ejecutivo podrá emitir normas destinadas a optimizar el sistema nacional de los registros públicos, con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica previniendo la comisión de fraudes y la afectación de derechos de terceros.
Así lo establece la Ley 30336 mediante la cual el Congreso delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de seguridad ciudadana, fortalecer la lucha contra la delincuencia y contra el crimen organizado, publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.
Así lo establece la Ley 30336 mediante la cual el Congreso delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de seguridad ciudadana, fortalecer la lucha contra la delincuencia y contra el crimen organizado, publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.
Promulgan ley que faculta al Ejecutivo a impulsar la formalización de la propiedad
Mediante Ley 30335, el Congreso de la República facultó al Poder Ejecutivo a emitir leyes que promuevan el acceso a la vivienda y a la formalización de la propiedad; así como fortalecer la rectoría en saneamiento con la finalidad de fomentar, modernizar, racionalizar y optimizar la infraestructura y asegurar la sostenibilidad de los recursos hídricos.
Ello como parte del paquete de leyes que el Poder Ejecutivo deberá emitir en materia administrativa, económica y financiera, en un plazo de 90 días contados desde el 2 de julio de 2015.
Ello como parte del paquete de leyes que el Poder Ejecutivo deberá emitir en materia administrativa, económica y financiera, en un plazo de 90 días contados desde el 2 de julio de 2015.
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