lunes, 24 de noviembre de 2014

viernes, 14 de noviembre de 2014

¿Puede revocarse un anticipo de legítima por mutuo acuerdo entre anticipante y anticipado al margen de las disposiciones de la ley sobre la donación?

Mediante un contrato denominado "reversión de anticipo de legítima" otorgado por anticipados y anticipantes, no resulta procedente que se produzca la transferencia gratuita del derecho de propiedad del bien a favor de los anticipantes, por cuanto los interesados deberán acogerse a la figura de la donación para dicho propósito. La reversión de la donación propiamente dicha se encuentra prevista en el artículo 1631 del Código Civil.


miércoles, 5 de noviembre de 2014

Otorgamiento de poder para disposición de terrenos de comunidades campesinas

Para la inscripción del otorgamiento de poder para disposición de terrenos comunales de una Comunidad Campesina, se requiere que en el acuerdo respectivo se describa físicamente el bien objeto de enajenación, bastando para ello que se consignen elementos mínimos que permitan su individualización. El predio debe estar físicamente determinado al momento del otorgamiento del poder, y no ser determinable a futuro por los apoderados.

lunes, 3 de noviembre de 2014