Directiva Nº 004-2015-SUNARP/SN que establece los lineamientos que deben seguir las instancias registrales en la calificación de escrituras imperfectas.
Esta norma tiene entre sus objetivos, evitar que las escrituras imperfectas sean utilizados para la inscripción de actos fraudulentos, sobre todo, de inmatriculaciones. Asimismo, establece reglas de calificación para supuestos como la omisión de información sobre estado civil, nacionalidad de los contratantes. También cuál será el tratamiento a los actos inscribibles que hayan sido formalizados por jueces de paz antes de la Ley 29824.
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