La norma promulgada por el Congreso el 26 de marzo de 2015, establece dos tipos de mecanismos para cancelar inscripciones fraudulentas: preventivo (oposición en el procedimiento registral) y correctivo (cancelación por la vía administrativa en la Sunarp).Asimismo, precisa que el alcance no solo es para predios, sino para otros aspecto como por ejemplo, los poderes otorgados por las empresas.
Vea la entrevista a Javier Anaya Castillo, abogado de la Dirección Técnica Registral de Sunarp.