Con el uso de la tecnología y en tiempo real, los jueces podrán disponer el bloqueo de los títulos de bienes o propiedades inscritas en los Registros Públicos, que son objeto de un proceso judicial por pérdida de dominio, para evitar transferencias a terceros.
De este modo, los bienes sometidos a medidas cautelares en un proceso por pérdida de dominio, no podrán ser transferidos a terceros por las mafias organizadas que se dedican a este tipo de actividades ilícitas, informó el Poder Judicial.
Con ese propósito, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el proyecto presentado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal (ETI-Penal), para la suscripción en breve de un convenio específico con la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).
En virtud de este convenio, los jueces tendrán acceso al servicio de la Sunarp en tiempo real, lo cual les permitirá obtener información veraz de las partidas registrales sobre las cuales se dispondrá la medida cautelar.
Este sistema, además, reducirá el tiempo en el registro de bloqueos de la partida registral, al momento de la admisión del proceso por pérdida de dominio, en comparación con el sistema tradicional.
Asimismo, permitirá acortar el tiempo para la transferencia de los bienes a la Comisión Nacional de Bienes Incautados (Conabi), cuando concluye el proceso con una sentencia condenatoria.
Esta iniciativa, que puede ser utilizada también en otras materias que tengan competencia en el campo del Derecho Registral, se encuadra en los principios de transparencia, modernización tecnológica y simplificación administrativa.
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